Urbanismo

Fecha

Código del procedimiento
3.04.01
Denominación
Licencia de obra mayor
Objeto

Concesión de licencia para la realización de obras que no puedan calificarse como menores.

Forma de iniciación

A instancia de parte

Órgano encargado de su resolución
Junta de Gobierno Local
Norma de atribución de la competencia

Por delegación de la Alcaldía, efectuada por Decreto nº 1601/2007, de 21 de junio

Negociado Responsable de la tramitación
Negociado Municipal de Urbanismo
Dirección donde obtener más información

c/. Canalejas, nº 1-2ª planta
30870 Mazarrón (Murcia)

Plazo máximo para resolver
  • 3 meses desde la solicitud si la obra no requiere licencia de actividad
  • 6 meses desde la solicitud si la obra requiere licencia de actividad
Solicitantes

Cualquier persona que tenga la condición de interesado

Requisitos de solicitantes
  • Presentar la correspondiente solicitud acompañada de los documentos preceptivos
  • Pago de la tasa por tramitación del expediente
  • Pago del ICIO (conforme al artículo 6 de la Ordenanza fiscal)
Documentación a aportar
  • Proyecto suscrito por técnico competente, visado por el colegio profesional correspondiente, cuando así lo exijan sus Estatutos
  • Designación del técnico director de la obra.
  • Justificación del pago de la tasa por tramitación de expedientes.
  • Cuestionario estadístico.
  • Acreditación de la representación si se actúa en nombre de otra persona
Forma y plazo de pago/cobro
  • La tasa por tramitación del expediente debe abonarse antes de la presentación de la solicitud.
  • El ICIO se devenga una vez que se realicen las obras pero se liquida provisionalmente al emitirse la licencia de obras.
Recursos contra la resolución
  • Potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución, en el plazo de un mes
  • Contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso de Murcia en el plazo de dos meses
Efectos presuntos del silencio administrativo

Estimatorios
Se entenderán denegadas las que afecten a bienes de dominio público, a bienes de interés cultural y a los espacios  protegidos por la legislación sectorial correspondiente.

Fin a la vía administrativa
Si
Normativa legal