Licencia de primera ocupación

Fecha

Código del procedimiento
3.04.07
Denominación
Licencia de primera ocupación
Objeto

Autorizar el uso de las edificaciones una vez terminada su construcción, rehabilitación o reforma

Forma de iniciación

A instancia de parte

Órgano encargado de su resolución
Junta de Gobierno Local
Norma de atribución de la competencia

Por delegación de la Alcaldía, efectuada por Decreto nº 1601/2007, de  21 de junio de 2007

Negociado Responsable de la tramitación
Negociado Municipal de Urbanismo
Dirección donde obtener más información

c/. Canalejas, nº 1-2ª planta
30870 Mazarrón (Murcia)

Plazo máximo para resolver

3 meses desde la solicitud
Para obtener la licencia se debe acreditar:
-que la obra realizada se ajusta a la licencia concedida,
-que reúne las condiciones de seguridad, salubridad y accesibilidad
-que puede habilitarse para el uso a que se destina
-Que se ha cumplido el compromiso de realización simultanea de la urbanización

Solicitantes

El titular de la licencia de obras que ampara la construcción

Requisitos de solicitantes

-Presentar la correspondiente solicitud acompañada de los documentos preceptivos
-Pago de la tasa por tramitación del expediente.

Documentación a aportar

- Copia de la licencia de obras
- Justificante de alta en el catastro
- Certificado final de obra
- Libro del edificio
- Plano de situación a escala 1:1000
- Fotografía de la fachada del inmueble
- Fotocopia del D.N.I. del solicitante
- Boletín del Instalador de telecomunicaciones o/y certificado final de obra del ingeniero.
- Declaración de superficies de cada una de las viviendas, conforme al modelo municipal (una por vivienda)
- Acreditación del pago de la tasa por tramitación de expedientes administrativos.
- Informe de la empresa concesionaria del servicio municipal de aguas y alcantarillado.
- Informe de Iberdrola acerca de la viabilidad de contratar el suministro eléctrico.
- Informe de la oficina de correos del municipio acerca de las condiciones para la instalación de los buzones de correo

Forma y plazo de pago/cobro

- La tasa por tramitación del expediente debe abonarse antes de la presentación de la solicitud.

Recursos contra la resolución

-Potestativo de reposición ante el órgano que haya dictado la resolución, en el plazo de un mes
-Contencioso administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso de Murcia en el plazo de dos meses

Efectos presuntos del silencio administrativo

Se entenderán denegadas las que afecten a bienes de dominio publico, a bienes de interés cultural y a los espacios  protegidos por la legislación sectorial correspondiente.
En ningún caso se entenderán adquiridas por silencio administrativo licencias  en contra de la legislación o del planeamiento urbanistico

Fin a la vía administrativa
Si
Normativa legal

-Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Suelo.
-Texto Refundido de la Ley del Suelo de la Región de Murcia, aprobado por R.D. Legislativo 1/2005, de 10 de junio.
-Ley 37/2006, de 14 de diciembre, para la calidad en la edificación en la Región de Murcia
-Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local.
-Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
-Reglamento de Servicios de las Corporaciones Locales, aprobado por Decreto de 17 de junio de 1955.
-Ordenanza Reguladora de la Tasa por la realización de la actividad administrativa de expedición de documentos administrativos.